CAUCIÓN DE ALQUILER

INDIVIDUOS / EMPRESA

Los tomadores de estas coberturas pueden ser personas físicas o Jurídicas (empresas) que necesiten garantizarle a su cliente el cumplimiento, mediante la celebración de un contrato de alquiler. El seguro de caución es accesorio a un contrato u obligación legal previa que permite a un bajo costo satisfacer las exigencias de una operatividad comercial cada día más frecuente.

GARANTÍA DE ALQUILER

Es una garantía para alquiler de vivienda, oficinas, comercios e industriales, instrumentada a través de un Seguro de Caución por el cual la Aseguradora se constituye en fiador solidario de las obligaciones del Inquilino aseguradas expresamente en póliza.

COBERTURA DEL SEGURO

Cubre fundamentalmente los riesgos por impagos de alquileres; expensas y ocupación indebida del inquilino. También es posible extenderlo a los incumplimientos en el pago de servicios; impuestos y el Depósito de Garantía reglado por la Ley de Alquileres.

Simple y Económico

Para el Inquilino: mínimos requisitos para su contratación. Para el Locador: trámite simple y ágil de sus reclamos. El Seguro de caución es la garantía más económica del mercado: costos accesibles al inquilino y facilidades de pago con tarjeta de crédito.

SEGUROS DE CAUCIÓN

Tipo de Cobertura

Obra Pública y Privada

- Garantia o mantenimiento de Oferta
- Garantia de adjudicación o ejecucion de contrato
- Anticipo Financiero

Garantias Judiciales

Alquileres

- Casas particulares
- Departamentos
- Oficinas
- Depósitos
- Predios de Fábrica