CAUCIÓN DE ALQUILER
INDIVIDUOS / EMPRESA
Los tomadores de estas coberturas pueden ser personas físicas o Jurídicas (empresas) que necesiten garantizarle a su cliente el cumplimiento, mediante la celebración de un contrato de alquiler. El seguro de caución es accesorio a un contrato u obligación legal previa que permite a un bajo costo satisfacer las exigencias de una operatividad comercial cada día más frecuente.
GARANTÍA DE ALQUILER
Es una garantía para alquiler de vivienda, oficinas, comercios e industriales, instrumentada a través de un Seguro de Caución por el cual la Aseguradora se constituye en fiador solidario de las obligaciones del Inquilino aseguradas expresamente en póliza.
COBERTURA DEL SEGURO
Cubre fundamentalmente los riesgos por impagos de alquileres; expensas y ocupación indebida del inquilino. También es posible extenderlo a los incumplimientos en el pago de servicios; impuestos y el Depósito de Garantía reglado por la Ley de Alquileres.
Simple y Económico
Para el Inquilino: mínimos requisitos para su contratación. Para el Locador: trámite simple y ágil de sus reclamos. El Seguro de caución es la garantía más económica del mercado: costos accesibles al inquilino y facilidades de pago con tarjeta de crédito.
SEGUROS DE CAUCIÓN
Tipo de Cobertura
Obra Pública y Privada
- Garantia o mantenimiento de Oferta
- Garantia de adjudicación o ejecucion de contrato
- Anticipo Financiero
Garantias Judiciales
Alquileres
- Casas particulares
- Departamentos
- Oficinas
- Depósitos
- Predios de Fábrica